**Por qué importa:**
En Chile, la salud mental ha sido históricamente relegada en los planes de isapres. Este fallo judicial obliga a equiparar su cobertura con la salud física, aplicándose incluso a contratos antiguos. Miles de personas podrán acceder a tratamientos psicológicos y psiquiátricos sin discriminación, marcando un precedente clave para el sistema de salud privado.

**Corte de Rancagua ordena a isapre igualar cobertura de salud mental y física**

La Corte de Apelaciones de Rancagua falló a favor de un afiliado de Isapre Colmena Golden Cross, tras acoger un recurso de protección que denunciaba desigualdad en la cobertura de salud mental versus la física. El tribunal consideró que esta diferencia era arbitraria y violaba el principio de igualdad ante la ley.

La sentencia se basa en la Ley 21.331, que garantiza derechos en atención de salud mental, y en la Circular IF/396 de la Superintendencia de Salud, que prohíbe a las isapres limitar coberturas o poner topes en bonificaciones para salud mental. El fallo aplica tanto para nuevos contratos como para los ya vigentes, gracias al principio de “tracto sucesivo”.

La Corte también destacó que obligar al usuario a cambiar de plan para obtener cobertura adecuada lo exponía a riesgos como no ser aceptado o enfrentar alzas de precio. La decisión ordena a la isapre ajustar su plan para igualar inmediatamente las coberturas de salud mental y física.

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